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Un juez de Málaga confirma, cautelarmente, el derecho de los médicos de atención primaria a la objeción de conciencia frente al aborto

Un juez de Málaga confirma, cautelarmente, el derecho de los médicos de atención primaria a la objeción de conciencia frente al aborto

Escrito el 15/06/2011 con 0 Comentarios

El diario El Mundo se hace hoy eco a toda plana de una importante resolución judicial en Andalucía, por la que se autoriza cautelarmente a un médico de atención primaria a acogerse a la objeción de conciencia y abstenerse de los trámites previos a la práctica de abortos.

Según el diario, la resolución judicial, dictada el pasado 30 de mayo por un juzgado de Málaga, dispone por vez primera que el médico en cuestión quede exento de tareas como la entrega, en sobre cerrado, de la información que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) proporciona a las mujeres que se plantean abortar, o de la firma del documento de derivación de estas mujeres al centro concertado autorizado para la práctica de los abortos.

Como ya se informó en esta misma página y tal y como hoy menciona el citado rotativo, un grupo de médicos de atención primaria de Málaga, respaldados por el Colegio de Médicos de esta provincia y por ANDOC (Asociación para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia), declararon públicamente el pasado mes de abril estar dispuestos a defender su derecho a la objeción de conciencia ante los tribunales de justicia y, si fuera necesario, a solicitar amparo en las instituciones europeas. Cabe recordar en este sentido, según hace el mismo diario, que la Asamblea del Consejo de Europa aprobó en octubre de 2010 una Resolución en la que se subraya expresamente que “ninguna persona, hospital o institución” puede ser discriminada dentro de los estados miembros del Consejo por su rechazo a realizar o participar en la práctica de un aborto. Asimismo el Consejo obliga a los estados miembro a garantizar el derecho a la objeción de conciencia en relación al aborto mediante un marco legal adecuado.

Leer en El Mundo “Una juez permite a un médico de Familia abstenerse en trámites previos al aborto” (15/06/2011).

Leer en esta página “Médicos andaluces de atención primaria: ‘Participar en la muerte de un ser humano no es nunca un acto médico”

Leer la Resolución 1763/2010 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre el derecho a la objeción de cocniencia del personal sanitario (en inglés).

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